Código de Consultoría

DI-031


Nombre de Consultoría

Elaboración del Reglamento del Control Social Comunitario (CSC)


Entidad Beneficiaria

VCDI
VICEMINISTERIO DE COCA Y DESARROLLO INTEGRAL


Fecha de Publicación

30/09/2022


Consultor(es)

SANEZ MAMANI Jesús

DI-031 - Elaboración del Reglamento del Control Social Comunitario (CSC)
La producción de la coca se da en tierras habilitadas en el territorio de Los Yungas de La Paz que es muy antigua. Durante el tiempo de los señoríos aymaras (entre los años 1000 y 1400 d.c.), se ocuparon “sayañas” en los Yungas, donde ya se producía coca. Se dice que antes del imperio incaico, ayllusy aymaras del reino Lupaqa tenían cocales en tierras de Chulumani y Chicaloma en los Yungas de La Paz.

Durante la Colonia, según Nelson Aguilar (1995), el aumento de la producción de coca se remonta al siglo XVI, cuando Potosí se convierte en un gran mercado para este cultivo por el consumo de los mineros.

A principios del siglo XVIII, las haciendas cocaleras de los Yungas de La Paz atravesaban un momento importante de prosperidad y contaban con un mercado asegurado, junto a las zonas que hasta entonces habían sido tradicionales cultivadoras de coca, aparecieron plantaciones en las misiones de Apolobamba, así como en el valle de Cliza (Cochabamba) y, un poco después, en los Yungas del Espíritu Santo en Cochabamba, que se encontraban en la entrada del Chapare cochabambino, que hoy es conocido como los Yungas de Vandiola.
A partir de la promulgación de la Ley de Reforma Agraria promulgada el 6 de agosto de 1953, como resultado de la revolución y movilización campesina de 1952, se logra la redistribución de la tierra en favor de los campesinos. En las comunidades originarias se organizan en Cooperativas Agropecuarias, y en las ex haciendas en Sindicatos Campesinos, se organizan la toma de las tierras y el ajuste de cuentas con los terratenientes (hacendados) que hasta ese entonces eran los dueños y los campesinos trabajaban al servicio (gratis) de los patrones hacendados productores de coca.

Se nombran a los dirigentes de los sindicatos (Secretario General) que asumen la responsabilidad de administrar la Justicia Comunitaria. A partir de ello se consolida el sindicalismo en todos sus niveles: Subcentral, Central, Provincial, Departamental y Confederación Nacional Campesina, partiendo de la organización de base de las comunidades/sindicatos representados por su autoridad que es el Secretario General.

De acuerdo a estudios, se señala que en la región yungueña hay tres zonas diferenciadas que hoy se pueden reconocer como zonas productoras:

• La primera es el sector Chulumani que es muy antiguo y la región de Chapiyungas, una de las zonas más antiguas de poblamiento prehispánico.

• La segunda zona es la actual región de producción de coca, Coripata en la provincia Nor Yungas, esta zona se pobló en el siglo XVII – XVIII, básicamente como una zona de hacienda, que primero se dedicaba al cultivo de caña de azúcar para la producción de alcohol y luego se transforma en una de las más importantes zonas productoras de coca bajo el régimen de haciendas (patrones).

• La tercera zona es la actual que se da por colonización de los Yungas llamada “La Asunta”, esta es una zona muy similar al Chapare por sus características agro ecológicas, se encuentra entre los 450 y 600 metros de altura. Esta última zona se fue poblando desde los años cuarenta y principalmente los años ochenta y noventa. En esta tercera zona, también entra la región de Inquisivi muy vinculada a Chulumani.

Con el aumento de la demanda mundial de la materia prima (coca) para la elaboración de la cocaína, se desvirtuó su producción para el consumo en nuestro país, donde empezó a plantarla también en la región del Chapare de Cochabamba a partir de los años ´90. Esta situación fue favorecida por la crisis de la minería en Bolivia, que produjo un remanente de mano de obra desocupada que se trasladó masivamente (migración) desde los centros mineros al valle cochabambino.

Con la Ley N° 1008, de Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, es el primer instrumento jurídico que le da poder al Estado para fiscalizar la producción, circulación y comercialización de la coca en el territorio nacional. Posteriormente, se crearon reglamentaciones específicas como en 1989 y en 1993, se aprueba un primer Reglamento de Comercialización de la Hoja de Coca, mediante Resolución Ministerial N° 2406, de 15 de abril, por medio de la Dirección Nacional de Control y Fiscalización de la Hoja de Coca (DINACO), dependiente de la Subsecretaría de Defensa Social del Ministerio del Interior, Migración, Justicia y Defensa Social.

Esta Ley Nº 1008, establece el área geográfica para el cultivo tradicional de la hoja de coca situada en los subtrópicos de Nor y Sur Yungas, así como en las Provincias Murillo, Muñecas, Franz Tamayo e Inquisivi del Departamento de La Paz, y parte de las Provincias de Tiraque y Carrasco del Departamento de Cochabamba, donde se encuentran los Yungas de Vandional.

El área geográfica de producción excedentaria en transición, está situada en las Provincias Saavedra, Larecaja y Loayza y las zonas de colonización de Yungas del Departamento de La Paz los municipios de Caranavi, La Asunta y Apolo.

En el Departamento de Cochabamba, las Provincias Chapare, Carrasco, Tiraque y Arani. Se trata de los Municipios de Tunari, Chimoré, Puerto Villarroel, Entre Ríos y Sinahota.

En la gestión 2008, los productores de los Yungas de La Paz, con sus organizaciones sociales, fueron partícipes directos en la racionalización de sus cultivos en zonas tradicionales, a través de la concertación y consenso con los productores, y en su caso, la erradicación de cultivos excedentarios en cumplimiento del acuerdo de delimitación del área de producción legal, convenio firmado en septiembre de la gestión 2008.

Para el trópico de Cochabamba, se hace alusión al acuerdo firmado en 2004 para autorizar cultivos de coca de 3.200 hectáreas, un cato (1.600 m2) de coca por afiliado a las seis Federaciones del Trópico de Cochabamba.

En la actualidad la producción de hoja de coca se encuentra delimitada en zonas autorizadas y zonas no autorizadas. En las zonas autorizadas se tiene territorialmente definida en zonas legalmente para su producción en: originaria ancestral, originaria ancestral con registro y catastro y con registro catastro en los Departamentos de La Paz y Cochabamba.

Se crean entidades responsables de atender el control de la producción, comercialización, industrialización a cargo del Viceministerio de Coca y Desarrollo Integral con sus dos direcciones DIGPROCOCA y DIGCOIN dependientes del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras.

Informe final de misión

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Elaboración del Reglamento del Control Social Comunitario (CSC) 1.38 MB

Anexos


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ANEXO 1 PLAN DE TRABAJO CONTROL SOCIAL 1.20 MB
ANEXO 2 CREACION AREA FUNCIONAL 1.68 MB
ANEXO 3 PROTOCOLO APOYO CSC 2.34 MB
ANEXO 4 REGLAMENTO AJUSTADO 1.11 MB
ANEXO 5 INFORME INTERMEDIO 6.12 MB
Sistematización de la experiencia de la consultoría 0.75 MB